En portada: Leonor Gómez, doña Sara García y Leonor Llausás en ‘Los Fernández de Peralvillo’ (1953).
Por Guadalupe Cecilia Barona Mendoza
“Y una musa que valiente los seguía…” Al terminar la batalla, la mujer permanece. La del vientre fecundado (la esclava ideal) se incorpora y, de pronto, aprovechándose de los movimientos de Carmen Serdán o de las vacilaciones del instante, se echa a andar. No con demasiada suerte: al cabo de las caminatas prodigiosas, la mujer revolucionaria se deja mitificar y el mito, al estipular carácter y condiciones, confirma y garantiza la esclavitud y transforma, amargamente, virtudes naturales en peso muerto para sus descendientes… A ella, le hicieron arrojar sobre sus descendientes una carga fatal de abnegación, sufrimiento callado, estoicismo y obstinada veneración por el hombre.
Carlos Monsiváis, Amor perdido.
Algunos de los principales logros de la lucha feminista del siglo XX en México fueron la obtención de las mujeres del derecho a votar y ser votadas, que se realizara la “Primera Conferencia Internacional sobre la Mujer”, llevada a cabo en la Ciudad de México en 1975, así como la desnaturalización de las violencias contra las mujeres y que, por primera vez, el gobierno mexicano se preocupara e implementara acciones ante éstas.
Aunado a ello, en 1995, el Estado mexicano se suscribe a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convención Belém Do Pará), con la cual los estados parte están obligados a garantizar el derecho a una vida libre de violencia para todas las mujeres. El artículo 1 de la Convención Belém Do Pará define la violencia contra la mujer como “…cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño, sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como en el privado”.
Sin embargo, contrario a lo que enfáticamente se establece en materia legal, la violencia hacia las mujeres es de uso corriente y común en la sociedad mexicana. Leer más→