Por Maria de Jesús López Salazar[1]
El propósito de este artículo es realizar una descripción de la Unidad Habitacional El Rosario como espacio colectivizado. Se entiende por origen la exposición sucinta acerca de los inicios de la ciudad en cuestión. Para comenzar, es importante decir que la Unidad Habitacional El Rosario se localiza sobre todo en la Alcaldía Azcapotzalco de la Ciudad de México; por sus rasgos de origen, de población, de traza, económicos, entre otros, se ha visto implicada dentro de un ordenamiento territorial que, si bien al inicio fue planeado, progresivamente se ha ido desbordando y ha dificultado en ciertos espacios la integración armónica de sus elementos patrimoniales con la dinámica sociocultural y económica que hoy día se da en este espacio colectivizado.
Origen
La Unidad Habitacional El Rosario es un conjunto de viviendas de interés social que forma parte de las viviendas construidas en la década de 1970 por parte de las autoridades federales que dieron paso en esa época a la construcción de una política habitacional del Estado mexicano que reafirmó la relación obligatoria entre el obrero y el patrón de otorgar vivienda.
Vale decir que el derecho a la vivienda que estipula la Carta Magna se institucionalizó por medio de una serie de reformas constitucionales que dieron origen al otorgamiento de los fondos nacionales de la vivienda (Schteingart y Graizbord, 1998:33). Para dar comienzo al proyecto de los conjuntos habitacionales se crearon instituciones de vivienda, como fue el caso del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), creado como organismo de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio, por ley publicada en el Diario Oficial de la Federación del día 24 de abril de 1972, asignándole por objeto fundamental la administración del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores, así como el financiamiento para la adquisición de terrenos y el desarrollo, coordinación y financiamiento de los programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores. El Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores se constituiría de las aportaciones del gobierno federal, las utilidades de las inversiones que instituyera el Infonavit, las derivaciones de la recuperación de créditos de los beneficiarios y, esencialmente, por las contribuciones de los patrones.
Martha Schteingart y Boris Graizbord en su trabajo que lleva por título Vivienda y vida urbana en la Ciudad de México: la acción del Infonavit indica que la política habitacional de la década de 1970 tenía como finalidad resolver las demandas de los trabajadores de escasos recursos. Esta política habitacional se enfocaba en aquellos obreros que tenían un ingreso mínimo de dos salarios mínimos y que no eran sujetos de crédito, a fin de darles créditos a los trabajadores de instituciones privadas y públicas (Schteingart y Graizbord, 1998).
El Infonavit en cuanto a su forma administrativa fue una triada de actores: autoridades estatales, trabajadores e iniciativa privada, que crearon vivienda en serie con características similares que se propagaban con el diseño de un programa de financiamiento y construcción de vivienda nueva en conjuntos habitacionales, del cual la Unidad Habitacional El Rosario en la entonces Delegación Azcapotzalco formó parte (v. Imagen 1).
De acuerdo con el cronista Alejandro Brito Altamirano (2018), la Unidad Habitacional El Rosario formó parte de la primera etapa del Infonavit con una planeación estratégica en construcción de vivienda y desarrollo urbano que se creó en la década de 1970 como conjunto habitacional colectivo[2] con el diseño de programas de financiamiento de vivienda nueva que tenía como modalidad la forma directa de promoción, siendo uno de los proyectos de mayor importancia en política habitacional de interés social (v. Imagen 2).
Imagen 1. Unidad Habitacional El Rosario (plano completo)

Fuente: Mapa proporcionado por el cronista Alejandro Brito (2018).
En el caso de El Rosario, este fue edificado en un espacio periférico de la Ciudad de México: Azcapotzalco, territorio que contaba con los requerimientos esenciales para llevar a cabo el proyecto de vivienda en forma de unidad habitacional que se ubicaría entre dos entidades federativas: el Distrito Federal y el Estado de México[3], lugar con una potencial demanda de vivienda conformada por trabajadores que laboraban en dicho espacio (v. Imagen 3). Por Escritura 38,622 de fecha 14 de diciembre de 1972, pasada ante la fe del Notario Público No. 48 del Distrito Federal, Lic. Alberto Pacheco, el Banco Internacional, S.A. adquirió, en su calidad de Institución Fiduciaria, la propiedad del predio en donde se construiría el Conjunto Habitacional El Rosario, Distrito Federal, Delegación Azcapotzalco, D.F., en dicho fideicomiso el INFONAVIT tuvo el carácter de fideicomisario.
Imagen 2. Unidad Habitacional El Rosario (detalle de plano)

Fuente: Mapa proporcionado por el cronista Alejandro Brito Altamirano (2018). En este se observan los tipos de vivienda (unifamiliar, tríplex) que se desarrollaron, así como los bienes y servicios (zona escolar, centro social, Plaza El Rosario, plaza del barrio, comercios y parques), que son con los que contaría la Unidad Habitacional El Rosario. También muestra los tipos de vialidad (escolar, de venta, secundaria, principal, peatonal). Finalmente, los tipos de estacionamientos (abiertos y privados).
Por instrucciones del Consejo de Administración del Infonavit, la construcción de la Unidad Habitacional El Rosario se inició en 1974 y el fideicomisario presentó solicitud a la Dirección General de Planificación del Departamento del Distrito Federal, para llevar a cabo la construcción del inmueble en un terreno –otrora perteneciente a la Hacienda El Rosario– con superficie de 1’432,933.11 m2, ubicado en Calzada de las Armas y Avenida Parque Vía, Delegación Azcapotzalco, D.F. Se previó que esta unidad habitacional contaría con un total de 17,263 viviendas.
Imagen 3. Unidad Habitacional El Rosario (detalle de plano)

Fuente: Mapa proporcionado por el cronista Alejandro Brito Altamirano (2018). En este se pueden observar de manera completa la forma en la que se construirían cada uno de los sectores (I, II, III) de la Unidad Habitacional El Rosario. Entre los elementos que se pueden identificar en el mapa vienen los tipos de vivienda que son: unifamiliar, tríplex y multifamiliar; así como los tipos de vialidad: principal, secundaria, escolar, venta; e, incluso, equipamientos, como un centro comercial. Además, el mapa especifica los metros cuadrados que se ocuparían para cada área de los sectores en los que se fraccionó la Unidad Habitacional El Rosario, así como sus tipos de suelo. Vale precisar que, el mapa fue elaborado por el Infonavit.
En atención a la solicitud presentada por el Infonavit para la autorización de ubicación para efectos de regulación de la Unidad Habitacional El Rosario, se obtuvo el visto bueno por parte de la entonces Dirección General de Planificación del Departamento del Distrito Federal. El proyecto habitacional se apegó al diseño de los arquitectos Teodoro González de León y Pedro Ramírez Vázquez, y se dividió en varias etapas nombradas, por ejemplo, como El Rosario I, CTM y CROC,[4] que fundamentalmente se construyeron en territorio del Distrito Federal (v. Imagen 4).
Imagen 4. Unidad Habitacional El Rosario (detalle de plano)

Fuente: Mapa proporcionado por el cronista Alejandro Brito Altamirano (2018). En éste se observan las cinco plazas que se ubicarían en el sector I de la Unidad Habitacional El Rosario. También se puede visualizar el proyecto de panteón que se ubicaría en el sector I, el total del área que abarcaría dicho sector y los tipos de vivienda que se construirían, que específicamente serían de tipo unifamiliar y tríplex.
Después, en la solicitud a la Dirección General de Planificación del Departamento del Distrito Federal para llevar a cabo la construcción de la Unidad Habitacional El Rosario se acompañó el proyecto correspondiente siguiendo los lineamientos fijados en la zona por la Dirección General de Planificación, según plano con número de archivo 952-IV de fecha diciembre de 1975, en donde gráficamente quedaron definidas la orientación, anchura de calle, trazo de manzanas y dimensión de las mismas. La memoria descriptiva de la Unidad Habitacional El Rosario, contiene los siguientes datos:
- Superficie total del terreno 11 m2
- Superficie de vías públicas 81 m2
- Superficie vendible 77 m2
- Superficie de donación 49 m2
- Superficie de estacionamientos 27 m2
- Superficie de servicios comunes 77 m2
- Superficie de panteón 00 m2
- Zonificación del conjunto habitacional: casas unifamiliares, tríplex, multifamiliares y edificios comerciales.
- Datos generales sobre abastecimiento de agua y saneamiento –sujetos a las normas de la Dirección General de Obras Hidráulicas–.
Cabe advertir que, al sumar las extensiones de las superficies de vías públicas, vendible, de donación, de estacionamientos, de servicios comunes y de panteón que se indican en la memoria descriptiva de la Unidad Habitacional El Rosario, su total: 1432,833.11 m2 difiere en 100 m2 respecto de la superficie total del terreno que indica la propia memoria descriptiva.
Más adelante, el 2 de junio de 1977, el DDF celebró, con el Banco Internacional, S.A. y el Infonavit, un Convenio en el cual el DDF autorizó la Unidad Habitacional El Rosario exclusivamente por una superficie de 1,432,993.11 m2, habiendo pagado el Infonavit a la Tesorería del Distrito Federal la suma de $71,646,655.50 para cubrir los conceptos señalados en el artículo 53, fracción IV, de la Ley de Planificación del Distrito Federal; 420 fracción III, inciso a) y fracción IV, inciso a), de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal; asimismo, el Infonavit se comprometió a dar instrucciones al Banco Internacional, S.A., para que donase a favor del Departamento del Distrito Federal una superficie de terreno de 443,527.49 m2, para servicios públicos y otra de 341,476.81 m2, para vías públicas de la misma unidad habitacional, señaladas ambas en el plano 952-IV de diciembre de 1975 que forma parte de dicho convenio.
Posteriormente, en cumplimiento del convenio antes mencionado, el Infonavit y la Delegación Azcapotzalco suscribieron los siguientes documentos:
- Declaraciones complementarias con relación al convenio de autorización de la Unidad Habitacional El Rosario de 11 de mayo de 1978.
- Convenio que modificaba la Declaración Tercera de las Declaraciones complementarias del convenio de autorización de la Unidad Habitacional El Rosario, de fecha 23 de octubre de 1978.
Considerando que las viviendas edificadas en la Unidad Habitacional El Rosario se titularon bajo el régimen de propiedad en condominio, el Infonavit y la Delegación Azcapotzalco estimaron necesario precisar las áreas en que se proporcionarían los servicios públicos por cada una de las partes involucradas en ello. El 23 de enero de 1981 el Infonavit, el DDF y la Delegación Azcapotzalco declararon que la Unidad Habitacional El Rosario se encontraba totalmente construida y habitada, así como que contaba con los servicios y equipamiento comercial requeridos por el Departamento del Distrito Federal.
Antes, el Infonavit, por su parte, siguiendo una política integral de vivienda y desarrollo urbano, y con el fin de facilitar y cooperar en la prestación de los servicios públicos del desarrollo habitacional El Rosario, se comprometió a donar a la Delegación Azcapotzalco equipo nuevo y en condiciones de operación; para complementar su compromiso, el Infonavit entregó en donación a la Delegación Azcapotzalco y esta recibió a su entera satisfacción el 9 de febrero de 1979, el siguiente equipo:
- Cuatro camiones recolectores de basura.
- Una camioneta Pick-up con canastilla.
- Un camión-pipa con bomba.
- Un camión de volteo.
- Una bacheadora.
- Un rodillo vibratorio.
- Tres malacates motorizados (mancuernas).
El mismo 9 de febrero de 1979 se realizó la donación-ampliación de la Avenida de las Granjas con valor de $2,000,000.00, así como el cambio de una barredora para servicio municipal y cooperación a la misma ampliación de la Avenida de las Granjas, a fin de contar con las siguientes instalaciones en la Unidad Habitacional El Rosario:
- 11 canchas deportivas.
- 6 escuelas primarias.
- 3 escuelas secundarias.
- 8 locales para conserje.
- Una central de talleres y laboratorios.
- Una caseta de vigilancia.
- 4 talleres de la comunidad.
- 4 jardines para niños.
- Un kínder.
- 100 balastras (con un costo de $1,488.18 c/u).
Por otra parte, la Delegación Azcapotzalco y el Infonavit señalaron que, por el uso de forma de aprobación, las superficies que comprendían la Unidad Habitacional El Rosario se distinguían como a continuación se señalan:
- Área de propiedad privada. – Aquellas sobre las cuales el condómino tenía derecho exclusivo de propiedad.
- Áreas de propiedad común internas. – Aquellas que conforme al entonces artículo 13 de la Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles del Distrito Federal, y conforme a las constituciones de regímenes de condominio y su reglamento, fueran de propiedad común dentro de cada uno de los distintos condominios.
- Áreas de propiedad de uso común externas. – Aquellas cuya propiedad, conforme a la autorización de usos de suelo a las constituciones de regímenes de propiedad en condominio y su reglamento, pertenecieran en común a todos los condóminos de la Unidad Habitacional El Rosario.
- Áreas de servicios públicos y vías públicas. – Aquellas que en la autorización de uso del suelo se señalaban como tales y que serían donadas al DDF, y que comprendían las banquetas, las guarniciones, los camellones y los pavimentos en el caso de vías públicas.
Regresando al 23 de enero de 1981, en esta fecha se formalizó el Convenio que para la prestación de servicios públicos en el Conjunto Habitacional “El Rosario”, Distrito Federal, 23-I-1981. Celebran: el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, representado en este acto por el Licenciado José Dosal de la Vega, Subdirector Jurídico, Ingeniero Jaime Gómez Crespo, Subdirector Técnico y Licenciado Máximo Carvajal Contreras, Coordinador del Distrito Federal a quien en lo sucesivo se designará como “INFONAVIT” y por otra parte, la Delegación Azcapotzalco del Departamento del Distrito Federal, representada por el Licenciado Sergio Martínez Cárdenas, Delegado Político, y el Licenciado Juan Manuel Wong Urrea, Subdelegado de Obras y Servicios; quien en lo sucesivo se denominará “La Delegación”. En dicho Convenio se establecieron las siguientes cláusulas:
- – Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 75, fracción II, de la otrora Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y con base en el entonces Fideicomiso Traslativo de Dominio celebrado entre el Infonavit y el Banco Internacional, S.A., el Infonavit tramitó la celebración del convenio de donación de áreas y vías públicas, ante la Dirección General de Planificación, Oficina de Adquisición y Lotificación de Predios, Sección Fraccionamientos, de fecha 2 de junio de 1977, y considerando que los servicios públicos que satisficiesen las necesidades colectivas de los residentes de la Unidad Habitacional El Rosario, debían continuar prestándose en forma continua, regular y uniforme, la Delegación Azcapotzalco manifestó que a partir de la firma del citado Convenio y en lo sucesivo, atendería y vigilaría la debida prestación de servicios públicos, entre los que se comprendían la limpieza, la jardinería, el bacheo, el alumbrado público, el agua potable[5] y el drenaje, así como servicios y vías públicas, estableciendo las siguientes modalidades:
- La recolección de basura se realizaría mediante acción de campaneo en las vialidades principales y secundarias del conjunto y se depositaría en los contenedores para traslado posterior a la zona de tiro correspondiente.
- Que atendería el funcionamiento del sistema de agua y drenaje en zonas públicas conforme al plano de uso del suelo y en caso necesario la reparación del mismo.
- Que presentaría el servicio de mantenimiento y en su caso la reparación de banquetas, guarniciones y pavimentos de las vías públicas.
- Cuando así se requiriera, proporcionaría mantenimiento a las áreas verdes y jardines de la zona y espacios, de las áreas públicas del conjunto habitacional ubicados dentro del perímetro delegacional y que se señalan en la imagen 5.
Imagen 5. Plano las áreas verdes y jardines de la zona y espacios, de las áreas públicas de la U. H. El Rosario

Fuente: Mapa proporcionado por el cronista Alejandro Brito Altamirano (2018).
- Prestaría el servicio de alumbrado público y mantenimiento de sus instalaciones, a efecto de conservarlas en buen estado y funcionamiento.
En virtud de lo anterior, la intervención del Infonavit en todo lo relacionado con la prestación de los servicios públicos en las áreas de servicios y vías públicas de la Unidad Habitacional El Rosario se dio por concluida liberándosele al respecto, ya fuera por deficiencias en la prestación de los servicios o por suministro de energía eléctrica para alumbrado público, que se causaran a partir del 23 de enero de 1981.
- – Asimismo, el Infonavit haría donación a la Delegación Azcapotzalco, a la firma del citado Convenio de equipo adicional necesario para el mantenimiento de la vía pública y servicios municipales en la Unidad Habitacional El Rosario. Entre tal equipo se encontraba el siguiente:
Obras públicas
- Bacheo:
1 camión de volteo de 7 m3 de capacidad. Este equipo sería entregado a la firma del citado Convenio.
1 camión de volteo de 7m3 de capacidad.
Servicios urbanos
- Limpia:
2 camiones con caja compactadora y recolectora de basura de 16 yd3.
- Parques y jardines:
1 pipa de 8 m3, con bomba.
1 camión de volteo de 7 m3.
Alumbrado
1 camión olla hidráulica de 12 m.
300 unidades de iluminación tipo Infonavit.
100 balastras para unidades tipo Infonavit.
- – Manifestó el Infonavit que para la eficaz prestación del servicio de alumbrado público, hacía entrega en donación a la Delegación Azcapotzalco y esta recibía de conformidad el equipo instalado en la Unidad Habitacional El Rosario.
- – Toda vez que la Unidad Habitacional El Rosario estaría sujeta al régimen de Propiedad en Condominio, las partes convinieron en lo siguiente:
1.- La Delegación Azcapotzalco designaría coordinadores que la representaran ante los condóminos para efecto de tratar asuntos sobre el funcionamiento y conservación de los servicios públicos, en otras áreas distintas de las consideradas como vías públicas.
2.- El Infonavit vigilaría que en las Constituciones del Régimen de Propiedad en Condominio de las áreas que correspondieran de la Unidad Habitacional El Rosario, así como en el entonces Reglamento de Condominio, respectivos, se estableciera que quedaría a cargo ya fuera de los condóminos en lo individual, de las Asambleas de Condóminos de cada Régimen o en su caso, de la Asamblea General de Condóminos del Conjunto Habitacional El Rosario, a través de sus órganos ejecutivos, las siguientes obligaciones:
- Que los condóminos, en lo individual, vigilarían el mantenimiento y atención de los servicios de las áreas de propiedad privativa que les correspondieran.
- Que el mantenimiento y atención de los servicios de limpieza, jardinería y alumbrado de las áreas de propiedad de uso común interna estarían a cargo de la Asamblea de Condóminos del área en que se encontrara el condominio de que se tratase.
- Que el mantenimiento y atención de los servicios de las áreas de propiedad de uso común externas, estarían a cargo de la Asamblea de Condóminos del conjunto habitacional, representados por su Consejo de Administradores, indicándose que entre tales servicios estarían los de limpieza, jardinería, bacheo, alumbrado público, agua potable, drenaje y vigilancia a través de la Policía Auxiliar Vecinal, especificándose también que tal organismo se haría cargo de recolectar la basura proveniente de las áreas de propiedad privativa y de las de propiedad de uso común, lo mismo internas que externas, debiendo depositarla tanto en los camiones recolectores de la Delegación Azcapotzalco como en los contenedores de basura.
3.- El Infonavit continuaría proporcionando asesoría en materia de organización de los servicios públicos en áreas que correspondiera atender a los derechohabientes de la Unidad Habitacional El Rosario, hasta en tanto se constituyeran los Regímenes de Propiedad en Condominio.
- – El Infonavit manifestó por su parte que el personal encargado de desarrollar tareas de Promoción Social en la Unidad Habitacional El Rosario sería retirado en un plazo máximo de 10 días naturales contados a partir de la fecha de suscripción del citado Convenio, no obstante lo anterior, el Infonavit, cuando fuera requerido para ello, podría dar asesoría en materia de promoción social a los derechohabientes de la Unidad Habitacional El Rosario. Asimismo, el Infonavit y la Delegación Azcapotzalco convinieron en que los técnicos encargados de la atención de fallas de índole técnica se retirarían también una vez reparadas las mismas.
- – El Infonavit y la Delegación Azcapotzalco convinieron en dejar sin efecto las Declaraciones III del Capítulo de Declaraciones de la Delegación Azcapotzalco y II y IV del Capítulo de Declaraciones de Declaraciones del Infonavit contenidas en el documento descrito en la Declaración VII inciso A del citado Convenio y relativas a la obligación del Infonavit de proporcionar a la Delegación Azcapotzalco en el Nodo de Servicios de la Unidad Habitacional El Rosario, locales para la instalación de una bodega y las siguientes oficinas: Representación Administrativa de la Delegación Azcapotzalco, para el Ministerio Público y para el Juzgado Calificador, por lo tanto el Infonavit readquirió la posesión del terreno, construcción, enseres y todo lo que de hecho y por derecho le correspondía a la Delegación Azcapotzalco dentro de tal Nodo de Servicios.
Cabe recalcar que la Unidad Habitacional El Rosario fue construida por partes y constituyó uno de los primeros programas de vivienda del Infonavit. En 1974 se dio paso a la primera etapa de la Unidad Habitacional planeada en conjuntos colectivizados habitacionales. No obstante, el proyecto se llevó varios años. Fue hasta 1985 que se edificaron los últimos departamentos que correspondieron al sector de la CROC VIII, con lo que se instituyó un nuevo modelo de ciudad, es decir, la forma colectivizada. “La Historia se torna interesante ahora, por ser una de las unidades habitacionales más grandes del mundo; con un conglomerado humano muy significativo, que, en sí, tiene un valor digno de inversión cultural, política, religiosa, y aparte, viene generando un desarrollo social y económico único y distinto al resto de la demarcación (Cuéllar Reyes, Sánchez Torres y Brito Altamirano, 2014:227).
En definitiva, en sus inicios, el objetivo de la creación de la Unidad Habitacional El Rosario fue promover desarrollos habitacionales que funcionaran como localidades independientes pero interrelacionadas, que proporcionaran en un mismo espacio soluciones a todos los requerimientos que al habitar una gran ciudad como la de México tenía gran parte de los trabajadores.
FUENTES CONSULTADAS
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Borobia, Raquel (2004). “La hipótesis en estudios cualitativos. El caso de la inducción analítica en una investigación sobre adolescencia” en Revista Pilquen, Año 6, Núm. 6, Universidad Nacional del Comahue, Argentina, pp. 1-12.
Brito Altamirano, Alejandro (2018). Entrevista realizada el 18 de agosto de 2018 a Alejandro Brito Altamirano, miembro del Consejo Nacional de Cronistas de Azcapotzalco.
Comellas, José Luis (2007). Historia sencilla de la ciencia, RIALP, Madrid. Connolly, Priscilla (2009, agosto). “EURE RESEÑAS. Emilio Duhau y Angela Giglia. Las reglas del desorden: habitar la metrópoli. México DF: Siglo XXI Editores – Universidad Autónoma Metropolitana – Azcapotzalco (2008)” en EURE, Vol. 35, Núm. 105. Disponible en http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0250- 71612009000200007
Constitución Política de la Ciudad de México, GOCDMX, 5-II-2017.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, D.O.F., 5-II-1917. Última reforma publicada, D.O.F., 10-VII-2015.
Convenio que para la prestación de servicios públicos en el Conjunto Habitacional “El Rosario”, Distrito Federal, 23-I-1981. Celebran: el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, representado en este acto por el Licenciado José Dosal de la Vega, Subdirector Jurídico, Ingeniero Jaime Gómez Crespo, Subdirector Técnico y Licenciado Máximo Carvajal Contreras, Coordinador del Distrito Federal a quien en lo sucesivo se designará como “INFONAVIT” y por otra parte, la Delegación Azcapotzalco del Departamento del Distrito Federal, representada por el Licenciado Sergio Martínez Cárdenas, Delegado Político y el Licenciado Juan Manuel Wong Urrea, Subdelegado de Obras y Servicios; quien en lo sucesivo se denominara “La Delegación”.
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[1] María de Jesús López Salazar, Egresada del Posgrado en Estudios de la Ciudad de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM). Licenciada en Ciencia Política y Administración Urbana por la UACM y Maestra en Estudios de la Ciudad de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM) y Postulante a Doctora en Estudios de la Ciudad de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM).
[2] Que un conjunto habitacional fuera colectivo implicaba en aquel entonces que los edificios en altura garantizasen a sus habitantes intimidad, distancia, servicios, equipamiento, iluminación, ventilación y espacios verdes, a fin de que consiguieran aquello que Le Corbusier concibió como las felicidades que el ser humano necesita para desarrollarse en un lugar: luz, espacio y lo verde. “Sin embargo, aunque el arquitecto suizo-francés reconoce la importancia del equilibrio entre intimidad y distancia, detrás de estas concepciones se percibe el supuesto de que, a través del diseño, ‘automáticamente’, va a surgir una vida en colectividad” (Esquivel Hernández, 2012:259).
[3] De manera general, los conjuntos habitacionales de la década de 1970 se caracterizaron por “incluir tanto departamentos como vivienda unifamiliar, por su localización periférica, por alcanzar grandes dimensiones y por contar con un importante equipamiento, así como áreas de uso social” (Esquivel Hernández, 2012:261). En este sentido, la Unidad Habitacional El Rosario no fue la excepción.
[4] Además de El Rosario I, CTM y CROC, se construyeron las secciones Rosario II y Rosario III.
[5] Se debe de tener presente que el servicio público no es una sustancia, como es el caso del agua potable, sino una actividad, por lo que el término correcto del servicio público mencionado debió hacer dicho suministro de agua potable (Fernández Ruiz, 2015).
Muy buen reportaje por la escritora y su investigación todas las Colonias ho fraccionamientos son diseñados especialmente para vivir con tranquilidad y seguridad pero se van rompiendo los protocolos.y se convierten en lugares peligrosos ho descuidados. Y ay que dar a conocer para que el gobierno actúe en las necesidades del estado.
Doctorante María de Jesús López Salazar, felicidades por este trabajo tan completo, excelente como otros tantos que he leído de su autoría. Éste en específico, hace surgir la invitación para realizar «in situ» un video para mostrar las condiciones actuales de la Unidad El Rosario.
Espero que lo agendemos pronto.