La educación sexual: pilar para erradicar el embarazo en niñas y adolescentes

Por Verónica Ethel Rocha Martínez

El derecho al aborto voluntario, asistido y gratuito ha sido un tema polémico en América Latina. En México, consignar este derecho sexual y reproductivo en la legislación constituyó un logro importante. Por ello, se considera el 25 de abril de 2007 un momento significativo en la lucha por los Derechos Sexuales y Reproductivos de las mujeres en México, pues fue la fecha en la que se promulgó la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en la Ciudad de México (CDHDF, 2017).

A partir de ese momento emblemático, los esfuerzos por difundir y fortalecer el derecho de las mujeres a tomar decisiones reproductivas desde el conocimiento de sus cuerpos y proyectos de vida ha alcanzado ya a 11 estados de la República mexicana.

Si en 2007 solo era posible acceder a este derecho en la Ciudad de México, después de 15 años la ILE avanza, sin embargo, aún es importante crear las condiciones para que dicho derecho sea accesible y el trato al solicitar un aborto en los centros de salud sea digno y respetuoso, ajeno a actos de discriminación y criminalización que generen el hostigamiento civil por esta causa.

Es importante recapitular cómo un derecho capaz de cambiar la expectativa de vida de las mujeres costó a lo largo de muchos años el encarcelamiento y criminalización de mujeres por abortos espontáneos en diferentes Estados, destacando Guanajuato; para Verónica Cruz, en 2021 involucró al menos 200 casos de abortos voluntarios en donde se detuvo a las mujeres imputándoles delitos como homicidio en razón de parentesco, infanticidio, filicidio y omisión de cuidados, por lo que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) solicitó ese mismo año revisar 432 carpetas de investigación asociadas a este tipo de delitos en 27 estados  del país (El Financiero, 2021).

Cabe destacar ante estos esfuerzos el dictamen realizado el 7 de septiembre de 2021 por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que declaró inconstitucional criminalizar el aborto y realizó un pronunciamiento a favor del derecho de las mujeres a decidir libremente en torno a interrumpir o no la gestación (SCJN, Comunicado No. 271/2021, 7 de septiembre del 2021).

Aun cuando estos avances son importantes, falta un largo camino para que la sentencia de la SCJN se traduzca en el acceso de las mujeres a servicios de salud que garanticen los derechos sexuales y reproductivos, esto se debe a la carga cultural, ideológica y religiosa asociada al aborto en la sociedad; debido a ello, las mujeres que abortan son sancionadas socialmente: se les señala y se les discrimina.

Para las comunidades católicas y cristianas, el aborto es equiparable a un homicidio, tales fueron las palabras del Papa Francisco enunciadas el 15 de septiembre de 2021 en relación con la sentencia emitida por la SCJN en México (Menéndez, Euronews, 2021).

Lo cierto es que el embarazo no deseado en jóvenes y adolescentes tiene múltiples causas, entre ellas una condición de abandono determinada por las jornadas laborales de los padres, sentimientos de soledad, falta de apoyo y cuidado familiar; escasas posibilidades económicas, educativas y culturales; desinformación en torno a cómo ejercer sus derechos sexuales cuando viven en ambientes machistas, violentos, sexista y en ocasiones cuando el embarazo es producto de la presión de sus parejas para retenerlas en una relación desigual que busca perpetuar desde una cultura machista la asignación de roles, destinándolas a las labores de cuidado y la responsabilidad de la crianza de los hijos.

Cabe destacar la existencia de un círculo de pobreza en niñas y adolescentes a raíz de su primer embarazo, ya que, con menos oportunidades de desarrollo, sin condiciones para continuar su trayectoria educativa, con más hijos y sin contar en ocasiones con el apoyo de sus parejas, quedan condenadas a una vida precaria.

De este modo, el inicio en la niñez y adolescencia de la vida en pareja se caracterizará por la falta de recursos suficientes y un aumento en la probabilidad de sufrir múltiples tipos de violencia; se constituye así una violencia interseccional porque se ejerce en diferentes espacios y contextos, conlleva una condición de vulnerabilidad dada a partir de la dependencia jurídica de otros por ser niñas y adolescentes, de tener que vivir alejadas de sus hogares, de no contar con información para decidir libremente su proyecto de vida y, en ocasiones, se suma el no contar con redes de apoyo que las acompañen en esta fase de su vida.

Pero, incluso ante el apoyo de sus familiares, es probable que enfrenten violencia psicológica en el núcleo familiar y en la vida laboral puesto que al no tener una cualificación adecuada se verán orilladas a laborar en actividades con ingresos muy limitados, por tanto, su condición se caracterizará por la vulnerabilidad económica.

El ejercicio de los derechos sexuales está vinculado a espacios de respeto y apertura que deben construirse en el entramado social. Un pilar requerido para ello es la educación sexual efectiva y el acceso a métodos anticonceptivos desde el inicio de la vida sexual.

También es importante advertir la relevancia de asumir dicha educación desde una perspectiva empática, laica, sin tabús, dirigida a infancias, jóvenes adultas y adultos, la cual, además de información veraz, considere el acompañamiento y cercanía con las problemáticas sexuales a lo largo de la vida, que posibilite forjar actitudes de respeto, responsabilidad y libertad en torno a proyectos de vida saludable para acceder a un desarrollo pleno.

Al respecto, los principios de Yogyakarta emitidos en 2007 (yogyakartaprinciples.org, 2016) son un avance en materia de derecho internacional al establecer definiciones fundamentales como la orientación sexual, la identidad sexual y al enunciar cómo los Derechos Sexuales y Reproductivos están relacionados con el derecho a la privacidad, el acceso al más alto nivel de salud, la protección de abusos médicos y el derecho a formar una familia.

La vulnerabilidad de las mujeres ante la falta de recursos didácticos y educativos sobre su cuerpo y su sexualidad son parte de un problema que agrava sus condiciones sociales y económicas, de modo que al no contar con estos recursos se convierten en un engranaje que reproduce la pobreza.

 

 

 

Bibliografía.

CDHDF (25 de abril de 2017) Celebra CDHDF diez años de Interrupción Legal del Embarazo en la Ciudad de México. Recuperado de: https://cdhcm.org.mx/2017/04/celebra-cdhdf-diez-anos-de-interrupcion-legal-del-embarazo-en-la-ciudad-de-mexico/#:~:text=El%2024%20de%20abril%20de,el%20reconocimiento%20de%20los%20derechos

EFE (14 de septiembre de 2021) Las víctimas de la prohibición del aborto: más de 200 mujeres presas en México. [El Financiero] Recuperado de: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2021/09/14/las-victimas-de-la-prohibicion-del-aborto-mas-de-200-mujeres-presas-en-mexico/

Menéndez, C. (15 de septiembre de 2021) Papa Francisco: “El aborto es un homicidio” y quien lo practica “mata”. [Euronews] Recuperado de: https://es.euronews.com/2021/09/15/papa-francisco-el-aborto-es-un-homicidio-y-quien-lo-practica-mata

PY+ (20 de septiembre de 2017) Principios de Yogyakarta más diez [yogyakartaprinciples.org] Recuperado de: http://yogyakartaprinciples.org/wp-content/uploads/2022/02/021522-Principios-de-Yogyakarta-mas-10.pdf

SCJN (7 de septiembre de 2021) Suprema Corte declara inconstitucional la criminalización total del aborto [Comunicado de prensa] Recuperado de: https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6579

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